27 nov 2010

SEGUNDO PRINCIPIO

PRINCIPIO DE RIGIDEZ

El principio de riguidez constitucional, supone que el texto de la constitucion requiere de un procedimiento de modificacion mucho mas complicado que las leys ordinarias, con lo cual se busca blindar los principios y disposiciones recogidos en ellas frente a las variables mayorias politicas representadas en el congreso.

FINALIDAD DE LOS DOS PRINCIPIOS

Tiene como finalidad impedir que los actos de poder rebase los limites fijados en la constitucion y afecten con ellos los derechos fundamentales de los gobernados.

COLISION NORMATIVA.

En caso de que dos normas juridicas tuvieran un contenido incompatible entre si, se produce la llamada colision normativa. Para resolver las colisiones  entre norma, acorde al principio de coherencia del ordenamiento juridico, se recurre a una serie de criterios que establecen que norma prevalece y que norma se ve derogada.

JERARQUIA. La jerarquia normativa supone la existencia de normas de distintos rangos, de manera que a quellas que este en un peldaño superior de escala, destruye a la norma inferior.

TEMPORALIDAD. En el supuesto de que dos normas de igual rango sufran una colision normativa, la norma posterior en el tiempo deroga a la norma anterior.

ESPECIALIDAD. En el caso de que exista dos normas de igual rango  sufriendo una colision, aquellla norma que busque la regulacion mas especifica de la materia prevalece sobre la norma mas general.

CONTROL DE LA CONSTITUCIONALIDAD

Es el mecanismo juridico por el cual para asegurar el cumplimiento de las normas constitucionales, se invaliden las normas de rango inferior que no hayan sido dictadas de conformidad con aquellas.
Se puede definir tambien como aquellas parte del derecho constitucional que teniendo como propuesta la supremacia de la constitucion sobre cualquier otra norma del sistema juridico y la necesidad de someter el ejercicio de la fuerza estatal a la racionalidad del derecho, se ocupa de garantizar el pleno respeto de los principios, valores y normas estbalceidas en el texto constitucional.



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