24 may 2011

La suspensión del acto reclamado

Artículo 122.- En los casos de la competencia de los jueces de Distrito, la suspensión del acto reclamado se decretará de oficio o a petición de la parte agraviada, con arreglo a las disposiciones relativas de este Capítulo.
Artículo 123.- Procede la suspensión de oficio:
I.- Cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, deportación o destierro o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Federal;
II.- Cuando se trate de algún otro acto, que, si llegare a consumarse, haría físicamente imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía individual reclamada.
La suspensión a que se refiere este artículo se decretará de plano en el mismo auto en que el juez admita la demanda, comunicándose sin demora a la autoridad responsable, para su inmediato cumplimiento, haciendo uso de la vía telegráfica, en los términos del párrafo tercero del artículo 23 de esta ley.
Los efectos de la suspensión de oficio únicamente consistirán en ordenar que cesen los actos que directamente pongan en peligro la vida, permitan la deportación o el destierro del quejoso o la ejecución de alguno de los actos prohibidos por el artículo 22 constitucional; y tratándose de los previstos en la fracción II de este artículo, serán los de ordenar que las cosas se mantengan en el estado que guarden, tomando el juez las medidas pertinentes para evitar la consumación de los actos reclamados.

TRAMITACION DEL AMPARO INDIRECTO

TRAMITACION DEL AMPARO INDIRECTO (JUZGADO DE DISTRITO)

DEMANDA.
Eduardo Pallares, considera que la demanda es un acto de reclamación de voluntad, de carácter unilateral pero  que puede ser promovida por una o varias personas a la vez y mediante el cual se ejercita precisamente la acción de amparo.
Héctor Fix Zamudio, menciona a la demanda como el primer acto del procedimiento constitucional y que vincula al quejoso con el órgano jurisdiccional.
Forma de la demanda  art. 3,  Ley de Amparo.
ESTRUCTURA DE LA DEMANDA: ARTICULO 116.

AMPARO INDIRECTO NUMERO               /2011.
                                                                             QUEJOSO: --------------------------------



C JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE CHIAPAS
P R E S E N T E.

               C. ------------------------------, promoviendo por mi propio derecho, y con domicilio legal el ubicado en 3ª Av. SUR  No. 151, entre 7ª  y 8ª  Poniente, de la ciudad de ------------------, autorizando para oír y recibir notificaciones y documentos y aun las de carácter personal  los LIC--------------------------------------------------- ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito vengo a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia Federal en contra de los actos de las autoridades que a continuación se enumeran, y para ajustarme a los preceptos legales que rigen este juicio de garantías manifiesto los siguientes:

I.- NOMBRE Y DOMICLIO DEL QUEJOSO: El que ha quedado señalado en el proemio de esta demanda.
II.- NOMBRE Y DOMICLIO DEL TERCERO PERJUDICADO: No existe tercero perjudicado.
III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: señalo las siguientes:
COMO AUTORIDADES ORDENADORAS:
a).- EL C. JUEZ RAMO PENAL DE VILLAFLORES, CHIAPAS, quien tiene su domicilio ampliamente conocido en el CERESO NUMERO 8, de la ciudad de Villaflores, Chiapas.
COMO AUTORIDADES EJECUTORAS:

       a).- EL DIRECTOR DE LA POLICIA DE INVESTIGACION ESPECIALIZADA  EN EL ESTADO, con domicilio ampliamente conocido en la planta baja del edificio central de la PROCURADURIA DE JUSTICIA DEL ESTADO DE CHIAPAS ubicada en el Libramiento Norte- Oriente de la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
       b).AL C. COMANDANTE DE LA POLICIA DE INVESTIGACION ESPECIALIZADA, con domicilio ampliamente conocido  en la ciudad de Villacorzo, Chiapas.
 IV.- ACTO RECLAMADO: Consistente en la orden de aprehensión dictada en mi contra por el juez pernal de la ciudad de Villaflores, Chiapas, autoridad responsable y que pretenden cumplimentar las autoridades ejecutoras  a efecto que se me prive de mi libertad personal fuera de todo procedimiento legal.
  V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS: se violan en mi perjuicio los artículos 14 y 16 constitucionales.
VI.- PROTESTA LEGAL.- bajo protesta de decir verdad manifiesto que los hechos que motivan el presente juicio de garantías, así como las abstenciones me constan y constituyen los antecedentes del acto reclamado.
H E C H O S
1.- Que tengo conocimiento por mis vecinos que el día 19 de abril del año en curso  que han llegado a buscarme a mi domicilio personas que dicen ser agentes de la policía de investigación especializada y pretenden detenerme, sin expresar fehacientemente los motivos que tienen para hacerlo, ya que bien es cierto que el suscrito en ningún momento ha cometido delito alguno que pudiera causar el privarme de mi libertad personal, por lo que toda orden de aprensión seria totalmente ilegal y fuera de todo procedimiento judicial.
2.- Que la orden de aprehensión dictada por el juez penal de la ciudad de Villaflores, Chiapas resulta violatoria de las garantías individuales consagradas en la constitución política de los estados unidos mexicanos, ya que bien es cierto que no reúne los requisitos que establece el articulo 16 constitucional, al no acreditarse los elementos del tipo penal y la probable responsabilidad que pretende imputarme , por lo que existe el temor fundado que se cometa en mi contra una serie de arbitrariedades y daños irreparables en mi persona, es por eso que comparezco ante esta potestad constitucional para que se me proteja de los actos y autoridades que señalo como responsables y para ello expreso los siguientes
VI.-  CONCEPTO DE VIOLACION
I.- Se viola en mi perjuicio las garantías consagradas en los artículos 14 y 16 Constitucionales, por cuanto a que las responsables al ejecutar el acto reclamado molestarían a mi persona al actuar arbitrariamente y llevar acabo una detención ilegal, sin que las responsables funden y motiven la causa legal del procedimiento, ya que la orden dictada no se ajustaría a derecho y se violan las garantías constitucionales.
II.- se viola en mi perjuicio el artículo 14 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en cuanto a que establece “que nadie puede ser privado de la vida. Libertad o de sus derechos, propiedades posesión, si no mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecido en la que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las  leyes expedidas con anterioridad al hecho” en el caso concreto se me pretende privar de mi libertad personal violándose las garantías constitucionales prescritas en el citado ordenamiento legal.
III.- se viola en mi contra lo prescrito en el articulo 16 constitucional que establece: nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles, posesiones, si no en virtud de un mandato judicial suscrito por una autoridad competente en el que se funden y motiven  la causa legal del procedimiento” en especie se me pretende molestar en mi persona, sin haberse cumplido los requisitos legales; se funden y motiven la causa legal del procedimiento, ya que bien es cierto se me pretende privar de mi libertad personal y causarme daños irreparables y sin haber cometido delito alguno.    
                                                                                                        CAPITULO DE SUPENSION
Vengo a solicitar se me conceda la suspensión provisional de los actos reclamados y en su oportunidad la definitiva, misma que debe ser decretada en los términos de los artículos 123,124 frac y 130 último párrafo de la ley de amparo en vigor.
D E R E C H O S
Son de invocarse para la sustanciación de este juicio los artículos 1, 4, 5, 116 y demás relativos de la Ley de Amparo en vigor.
Por lo anterior expuesto y fundado:
 A USTED C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO, atentamente pido.
PRIMERO.- Tenerme por presentado con la presente demanda de amparo, solicitando, el amparo y protección de la justicia Federal, en contra de los actos de las autoridades señaladas como responsables en la presente demanda.
SEGUNDO.- Concederme la libertad provisional y en su caso definitivo de los actos reclamados.
TERCERO.- Requerir a las autoridades para que dentro del término legal rindan sus informes previos y justificados
CUARTO.- Se me expida copias certificadas de la suspensión provisional y en su caso la definitiva en la que se me conceda el amparo y protección de la justicia federal que solicito, autorizando para que en mi nombre las recojan dichos documentos los ciudadanos Héctor Jiménez Archila y/o Javier Baldemar Cruz Ramírez, previa identificación personal

PROTESTO LO NECESARIO

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Tuxtla Gutiérrez. Chiapas a ------ de ------- del -------.