7 may 2011

DIAS Y HORAS HABILES

En este  punto tambien se van a considerar aquellos dias que los titulares de los diversos organos de control constitucional declare como dias no laborables, por ejemplo acuerdo del pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

casos de excepcion articulo 23 de la LA.

Términos del art. 21 al 26 ley de amparo.

HORAS HABILES.
Son las contenidas entre las 8:00 y 19 horas
Según el arti. 281 CFPC  aplicación supletoria.
Horas inhábiles son las contenidas entre 19 hr 01 min. Y las 7 hrs. 59 min. Del subsiguiente día.
Días y horas inhábiles que no requieren habilitación. Arti 23 párrafo II.
Días y horas inhábiles que requieren habilitación art. 23 párrafos IV
Según el art. 282 del CFPC. De aplicación supletoria a la ley de amparo el tribunal puede habilitar los días y horas inhábiles cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cual sea esta y las diligencias que hayan de practicarse.


Notificaciones: del art. 27 al 34 Ley de Amparo.

Es el acto por virtud del cual una autoridad pone conocimiento de las partes cualquier acuerdo recaído en el negocio que antes ella se ventile.

Clases o  tipos de notificaciones: personales, por lista, por oficio o por telégrafo.
SCJN - ---------TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO.

FORMA. En oficio por medio de correo certificado con acuse de recibo.

Al procurador general de la república.

Notificación  ---------------MPF
Por oficio--------------------primer auto
Posteriores y por medio o de lista

Lista de acuerdos debe contener:
Nombre del juicio, quejoso, autoridad responsable.
Síntesis de la resolución
CAUSAS DE IMPROCEDENCIAS. ARTICULO 73. LEY DE AMPARO.

Contra actos de la Suprema Corte de Justicia;
Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas
Contra leyes o actos que sean materia de otro juicio de amparo que se encuentre pendiente de
resolución
Contra leyes o actos que hayan sido materia de una ejecutoria en otro juicio de amparo
Contra actos que no afecten los intereses jurídicos del quejoso
Contra leyes, tratados y reglamentos que, por su sola vigencia, no causen perjuicio al quejoso
Contra las resoluciones o declaraciones de los organismos y autoridades en materia electoral......


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Favor de dejar comentarios, sugerencias o criticas constructivas